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Año Europeo de las Personas con Discapacidad

2003, UN AÑO PARA LA PLENA CIUDADANÍA Y LA PLENA RESPONSABILIDAD DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), al cual pertenece FEDER, coincidiendo con el “Año Europeo de las personas con discapacidad”, nos ha remitido un Manifiesto para su máxima difusión. El docuemnto reclama una atención sanitaria y social adecuada para los 37 millones de ciudadanos europeos con discapacidad.y reclama medidas energicas para corregir la situación de discriminación de este colectivo.

COMITÉ ESPAÑOL DE REPRESENTANTES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CERMI)

Desde el año 1992, coincidiendo con el día 3 de diciembre, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), la plataforma unitaria de representación y defensa de las personas con discapacidad en España, se une a la Comisión Europea y al Foro Europeo de las Personas con Discapacidad (EDF), para celebrar el Día Internacional y Europeo de las Personas con Discapacidad. Promovida en todos los países de la Unión Europea, con ocasión de esta Jornada, los 37 millones de ciudadanos con discapacidad recuerdan y reclaman a los poderes públicos y a la sociedad en su conjunto la necesidad de adoptar medidas enérgicas que garanticen la igualdad de trato, la equiparación de oportunidades y acaben con las discriminaciones de todo tipo que todavía sufren estas personas.

El 3 de diciembre de 2002 vino marcado por el hecho de ser la antesala de la gran celebración que va a suponer el 2003, declarado por la Unión Europea Año Europeo de las Personas con Discapacidad, período en el que habrá que avanzar significativamente en la plena ciudadanía y en la plena responsabilidad de los ciudadanos con discapacidad, un 9% de la población española.

Con este propósito, el movimiento social de la discapacidad articulado en torno al CERMI hace público el siguiente



MANIFIESTO

Tradicionalmente, la sociedad ha tendido a aislar y a segregar a las personas con discapacidad y, a pesar de importantes logros obtenidos desde la recuperación de la democracia, este tipo de discriminación (sutil a veces) que sufren las personas con discapacidad, sigue representando un problema grave y apremiante.
La discriminación de las personas con discapacidad persiste en algunas áreas críticas, como por ejemplo, en la educación, la formación, el empleo, la vivienda, el acceso a los establecimientos abiertos al público, la protección social, el transporte, las comunicaciones, las actividades de ocio, la institucionalización, los servicios sanitarios, el acceso a los servicios públicos y los medios de comunicación social.
Al contrario de lo que ocurre con otro tipo de grupos vulnerables o que han sufrido discriminación, las personas con discapacidad carecen por lo general de recursos o dispositivos legales eficaces para atacar y corregir dichas conductas discriminatorias. La respuesta de nuestro Ordenamiento jurídico es, a estos efectos, más retórica que real, declarando y reconociendo derechos, pero careciendo de herramientas idóneas que hagan efectivos esos derechos, lo cual termina generando decepción y descrédito de las normas y las instituciones. El caso de la accesibilidad es paradigmático a este propósito: hay multiplicidad de normas, que no se cumplen, y lo que es peor, que no se puede forzar a cumplirlas, por carecer de instrumentos válidos.
Las personas con discapacidad se enfrentan continuamente con distintas formas de discriminación, entre las que se puede citar la exclusión deliberada, los efectos discriminatorios de las barreras de todo tipo, la existencia de normas y políticas que fomentan la dependencia, la imposibilidad de introducir modificaciones en instalaciones y hábitos preexistentes, niveles de cualificación excluyentes, segregación, así como el hecho de verse relegados a servicios, actividades, beneficios, prestaciones, puestos de trabajo u otras oportunidades de inferior nivel o calidad que los generales de los demás ciudadanos.
Datos e informaciones contrastadas procedentes de distintos censos, encuestas y multiplicidad de estudios prueban que las personas con discapacidad, como grupo, ocupan un estatus inferior en nuestra sociedad, encontrándose en una situación de enorme desventaja social, económica, profesional y educativamente hablando.
Las personas con discapacidad forman una minoría discreta y aislada que se ha tenido que enfrentar con todo tipo de restricciones y limitaciones, que han estado sometidas a una larga historia de tratamientos desiguales deliberados y que se han visto relegados a una posición de impotencia y debilidad política, debido a circunstancias que están fuera de su alcance y control y que a veces son resultado de estereotipos o prejuicios que falsean su capacidad para participar y contribuir a la sociedad en la que viven.
La discriminación y la falta de oportunidades se hacen especialmente agudas en el caso de las mujeres con discapacidad, que han de enfrentarse, en su proceso de normalización y participación sociales, con barreras, obstáculos y prejuicios más firmes e intensos por su circunstancia personal de ser mujeres y presentar una discapacidad.
Dentro del grupo de las personas con discapacidad, las más severamente afectadas y aquéllas que no pueden representarse a sí mismas son precisamente las que se encuentran, objetivamente, en una situación más vulnerable y en un mayor riesgo de sufrir discriminaciones y de ver ignorados sus derechos.
Las familias de las personas con discapacidad siguen soportando muchas veces en exclusiva y sin el debido grado de protección social el esfuerzo suplementario que supone, en todos los órdenes, la presencia de una persona con discapacidad en el seno familiar, especialmente, cuando esta persona está gravemente afectada o no puede representarse a sí misma. Incluso, dentro de la propia familia, la atención a las personas con discapacidad no es equitativa, sino que recae preferentemente en las mujeres (en las madres, las hermanas, las esposas o parejas, etc.), lo que dificulta enormemente la posibilidad de que estas mujeres puedan llevar una vida social plena.
La existencia continuada de discriminaciones y prejuicios injustos e injustificados priva a las personas con discapacidad de la oportunidad de competir sobre una base de igualdad, así como de aprovechar las oportunidades de las que goza cualquier ciudadano, lo cual, además de una injusticia, supone un gasto innecesario del que deben hacerse cargo los poderes públicos (y, en última instancia, la comunidad), debido al estado de dependencia al que se reduce a muchas personas con discapacidad.

Comprobada la todavía muy insatisfactoria respuesta social a la realidad de la discapacidad en España, se impone la necesidad de impulsar un cambio en el esquema tradicional de atención, desde los poderes públicos y la sociedad, hacia este hecho. Este cambio de esquema, para todo el sector representado por el CERMI, debería seguir estas orientaciones:

Constatación de la necesidad de pasar de un sistema de atención a la discapacidad basado en el asistencialismo y la consideración de las personas con discapacidad como sujetos pasivos a un nuevo modelo que gire en torno a la persona y a sus derechos, entendida como eje central y núcleo del sistema integral que se ha de establecer.
La discapacidad precisa un impulso sociopolítico que la sitúe en los primeros puestos de la agenda política, entre los asuntos prioritarios para la atención ciudadana. La minoría silenciosa de la discapacidad necesita de un pacto de Estado, demanda del movimiento asociativo que trasladamos a nuestros partidos políticos y a nuestros gobernantes para que lo impulsen y promuevan.
El abandono de la concepción asistencialista, lleva implícito un cambio en las herramientas y dispositivos de intervención. El centro del sistema, que pasa de instancias ajenas a la propia persona a esta misma, vendrá salvaguardado por una red de derechos, no meramente declarativos, de los que el ciudadano con discapacidad ha de ser el titular.
El Ordenamiento jurídico no debe limitarse a enunciar derechos, sino que debe dotar a la persona o a su entorno, incluidas las organizaciones representativas, en su caso, de medios eficaces para hacer valer y hacer efectivos esos derechos y potestades. Los derechos han de ser exigibles y vincular a todos.
La no discriminación (que comprende la accesibilidad universal y el diseño para todos, incluidos a los bienes y servicios a disposición del público) es una dimensión especialmente idónea para permitir a las personas con discapacidad y a sus organizaciones representativas, luchar contra los múltiples factores que obstaculizan su plena participación social, por lo que urge que la Unión Europea y los Estados se doten de instrumentos jurídicos al efecto.
La asunción por el modelo europeo de la nueva dimensión que supone la no discriminación no puede suponer en ningún caso el desmantelamiento del sistema de apoyos y asistencias existente (acción positiva), sino que ambas orientaciones han de armonizarse para conseguir las mayores virtualidades posibles en cuanto a participación de las personas con discapacidad. La no discriminación (todavía no incorporada plenamente al Ordenamiento jurídico español) ha de tener como contrapartida ineludible la discriminación positiva, un mejor tratamiento para las personas con discapacidad dirigido a atenuar las desventajas iniciales de las que éstas parten.
La discapacidad no es un asunto que competa única y exclusivamente al ámbito de los servicios sociales. Los poderes públicos, las distintas Administraciones, han de considerar a la discapacidad como eje de acción transversal de toda su política, teniendo en cuenta a la discapacidad en la acción política general y en la acción política sectorial (justicia, educación, infraestructuras, sanidad, consumo, nuevas tecnologías, etc.).
Los servicios sociales, el único dispositivo al que durante mucho tiempo ha estado encomendada en España la atención a la discapacidad, no gozan del carácter de derecho universal y exigible que tienen otras realidades como son la educación y la salud, por ejemplo. Esta falta de exigibilidad jurídica, unida a la propia debilidad de estos servicios, hacen que ni siquiera esa atención parcial esté garantizada, con unos mínimos, habiendo además grandes diferencias entre los distintos territorios en los que se configura España. Urge contar con una legislación que dote de universalidad y exigibilidad a los derechos sociales, que asegure asimismo unos mínimos en todo el territorio. Esto parece que sólo se podrá conseguir a través de un pacto de Estado que comprometa a los partidos políticos y a todas las Administraciones.
La discapacidad presenta singularidades propias y exige herramientas de acción privativas que impiden que esta realidad se diluya en conceptos más amplios y menos precisos como los de la exclusión socia o la atención a la diversidad. La discapacidad participa de la exclusión social, pero esto no debe servir para borrar su identidad como hecho social singularizado con entidad propia.
La articulación y cohesión del movimiento de la discapacidad es una pieza básica de todo el edificio de atención a esta realidad. El principio de diálogo civil, entendido como profundización de la democracia, debe aplicarse por extenso a la discapacidad, pues no habrá avances en esta esfera si no son protagonizados e impulsados por los propios interesados a través de sus organizaciones representativas.
La sensibilización social se entiende como un elemento de suma importancia en el desarrollo de las personas con discapacidad, pues lo que no aparece en los medios, corre el peligro de no existir, a efectos de atención y preocupación. Han de buscarse nuevas vías de penetración de la realidad de la discapacidad en el ámbito de la comunicación, que dejen atrás los estereotipos o las omisiones que se sufren en la actualidad.
Europa es, actualmente, un campo abonado para las cuestiones de la discapacidad y ha de serlo aún más en el futuro una vez cuente con competencias plenas en la materia, como consecuencia del reforzamiento de la dimensión social europea. España ha de situarse en la avanzadilla de los sectores que en el ámbito de la Unión Europea propugnan y alientan nuevas vías y modalidades de acción en materia de discapacidad.

El Año Europeo de las Personas con Discapacidad –2003- es una ocasión especialmente propicia para consolidar estas orientaciones y para definir, implantar y poner en práctica estas nuevas vías de intervención. A juicio del CERMI, durante este año, como expresión del compromiso de los poderes públicos y de la sociedad con las personas con discapacidad y sus familias, han de instrumentarse y aprobarse, a escala de todo el Estado las siguientes medidas operativas:

Aprobación en esta Legislatura de una nueva Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad (que actualice y adapte a la realidad de nuestros días la Ley de Integración Social de los Minusválidos del año 1982, que ha de mantenerse en la parte que no se altere por la nueva norma).
Aprobación por el Gobierno de la Nación, previa negociación de sus contenidos con el CERMI, de un Nuevo Plan de Empleo para las Personas con Discapacidad del Siglo XXI, que sustituya al Plan de Empleo de 1997. En este misma línea de acción, transposición al Derecho español de la Directiva de igualdad de trato en el empleo y la ocupación de la Unión Europea, aprobada en noviembre de 2000, con plazo máximo de incorporación a nuestro Derecho de hasta diciembre de 2003.
Aprobación y puesta en práctica en esta Legislatura por el Gobierno de la Nación, previa negociación de sus contenidos con el CERMI, de un Plan Estatal de Accesibilidad, que impulse y armonice las distintas líneas de acción que se realizan en este ámbito, de forma que se ponga fin al retraso que en este ámbito venimos arrastrando históricamente. En este mismo ámbito, apoyo al reconocimiento de efectos legales de la Lengua de Signos para garantizar los derechos de los usuarios de esta lengua.
Aprobación de una nueva legislación que regule fórmulas patrimoniales que traten de dar respuesta a las necesidades económicas de personas con discapacidad gravemente afectadas. El sector de la discapacidad necesita de un nuevo marco regulatorio de la situación jurídico-patrimonial de las personas con discapacidad severamente afectadas y de sus familias, con incidencia en aspectos de Derecho Civil, Fiscal y Patrimonial, que introduzca en nuestro Ordenamiento fórmulas innovadoras que garanticen las mejores condiciones de vida para estas personas, una vez que desaparecen sus padres o tutores, creando asimismo nuevas instituciones como la autotutela.
Aprobación por el Estado y las Comunidades Autónomas de un nuevo Plan de Acción de la Personas con Discapacidad (2003-2007), de carácter transversal y con recursos suficientes, que identifique en todos los ámbitos las situaciones críticas de discriminación que aún persisten contra las personas con discapacidad y proponga medidas para resolverlas o atenuarlas.
En materia educativa, constitución del Foro de Atención Educativa a Personas con Discapacidad, como órgano impulso e instrumento para desarrollar y aplicar las prioridades del sector social de la discapacidad en esta área, recogidas en el Protocolo de colaboración suscrito entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el CERMI, así como para promover el resto de iniciativas y medidas recogidas en el Plan de Atención Educativa a Personas con Discapacidad presentado por el CERMI Estatal en 1999.
En el plano internacional y europeo, apoyo del Estado español a la demanda del Foro Europeo de la Discapacidad de que en el año 2003, coincidiendo con el Año Europeo, se apruebe una Directiva transversal (aplicable a todos los ámbitos) de no discriminación e igualdad de trato para las personas con discapacidad. De igual modo, hay que impulsar acciones para lograr la inclusión de la realidad de la discapacidad en los textos resultantes de la Convención para el futuro de la Unión Europea y dotar de carácter vinculante a la Carta Europea de Derechos Fundamentales. Por último, apoyo de España a la iniciativa en curso en el seno de Naciones Unidas de aprobar una Convención Internacional sobre Derechos de las Personas con Discapacidad.

3 de diciembre de 2002.

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ACNefi Informa - Número 6 2003
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